El día 12 de septiembre del presente se promulgó la ley Nº 20.291 la cual introdujo una serie de modificaciones a leyes concernientes al desarrollo económico, con el objeto de impulsar el crecimiento en dicha área. En esta ocasión nos referiremos a las modificaciones que sufrió el artículo 14 bis de la Ley de la Renta (D.L. 824), con efecto a contar del 1º de enero del 2009: El artículo 14 bis de la Ley de la renta establece un sistema de tributación, en donde el contribuyente no estará obligado a pagar impuesto a la renta por sus utilidades mientras éstas no sean retiradas de la empresa. Por ende el impuesto se vuelve exigible únicamente cuando retiran dichas utilidades. Para acogerse a este régimen, el artículo establecía ciertos requisitos, los cuales fueron modificados por la ley Nº 20.291. - En primer lugar el contribuyente debía tener un promedio anual de utilidades tributarias de máximo 3.000 UTM , como lo señalaba el inciso primero del artículo. Este límite fue aumentado a 5.00...
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