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Chile: Feriados Progresivos

FERIADOS PROGRESIVOS El feriado progresivo es el aumento de un día de vacaciones por cada tres nuevos años trabajados con el mismo empleador, al cual tiene derecho el trabajador con 10 años trabajados con anterioridad, continuos o discontinuos. ¿En qué consiste el derecho al feriado progresivo? De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Código del Trabajo, el trabajador con 10 años de trabajo para uno o más empleadores, continuos o no, tiene derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados para su actual empleador. Para estos efectos el dependiente puede hacer valer hasta 10 años de trabajo prestados a empleadores anteriores. Así las cosas, el beneficio de feriado progresivo o "vacaciones progresivas", consiste en el derecho a sumar un día de vacaciones, por cada 3 nuevos años trabajados para el actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) para el actual o anterior...

Chile: Evento Conecta - Creando puentes para crecer

Entre los días 16 y 17 de enero se está realizando una actividad que busca ayudar a los emprendedores del país a solucionar diferentes problemas a los que se enfrentan producto del acontecer país del último tiempo. Este evento unirá en un mismo lugar a diferentes organizaciones públicas y privadas, mentores, inversionistas, altos ejecutivos y empresarios quienes pondrán a disposición de los emprendedores diferentes servicios para ayudarlos a enfrentar los variados problemas que puedan tener en este momento, Tendremos además 100 stands enfocados en tecnología e innovación que podrán exhibir sus proyectos para todos los asistentes. Dentro de estas actividades, he ido como "mentor" en la mesa de los "Contadores", fui invitado por la Srta. Carolina Silva a este evento, el cual participé solamente el día jueves 16, dejo algunas fotos. Para mayor información visiten la web: https://emprendetumente.org ó vayan direc...

Chile: Proceso constituyente

Proceso constituyente Explica cómo se llevará a cabo el proceso que puede derivar en una nueva Constitución. ¿Cuándo se hará el plebiscito que inicia el proceso constituyente? El 26 de abril de 2020. ¿Qué se votará en ese plebiscito? Habrá dos votos: Primer voto: ¿Quiere usted una Nueva  Constitución? Abajo estarán las opciones con sus respectivas rayas en que ese marcará el voto: Apruebo o rechazo. Se debe marcar una sola preferencia para que el voto sea válido. Segundo voto: ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución?” Abajo estarán las dos opciones: Convención Mixta Constitucional. Integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio. Convención Constitucional. “Integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente”. En este voto, también se debe marcar solo una preferencia para que no sea nulo. ¿Habrá franja electoral de televisión? ...