De este modo, en el último tiempo se han hecho grandes anuncios relacionados con el tema, los que si bien no han estado alejados de la polémica, constituyen un enorme cambio para los ciudadanos que por años estuvieron marginados del sistema.
Y es que más allá de las apreciaciones de un segmento y otro, lo cierto es que se trata de anuncios que afectan e influyen a millones de chilenos, los que requieren información para acceder a los nuevos beneficios.
Es por esta razón, que la autoridad ha comenzado a desarrollar una importante campaña de difusión, orientada precisamente a dar respuesta a las múltiples interrogantes que surgen en los beneficiarios del sistema.
Sin duda, una de las mayores novedades es la intención de hacer convivir una serie de pilares de corte solidario en una lógica de mercado, asegurando de cierto modo el bienestar social.
Asimismo, por primera vez se reconoce la labor de la mujer respecto al rol de madre, otorgando un bono por hijo que a largo plazo constituirá un enorme impacto en la calidad de la vejez a la que tendrán acceso.
Para que sepas todo lo que involucra esta reforma y los verdaderos alcances que tendrá para las personas, es que con la ayuda de Mario Ossandón, Subsecretario de Previsión Social, hemos elaborado la siguiente guía para ti.
¿Cuales son las novedades del sistema de pensiones solidarias?
La reforma previsional que ya se ha convertido en ley, crea un Sistema de Pensiones Solidarias que se integra al sistema contributivo y cuyo objetivo es proteger a todos los chilenos y chilenas a través del otorgamiento de beneficios previsionales de vejez e invalidez para quienes, por diversas razones, durante su vida activa no han podido ahorrar para financiar una pensión o han logrado ahorrar tan poco que solo podrían obtener una pensión muy baja. Los beneficios que crea la reforma previsional son la pensión básica solidaria, (PBS), y el aporte previsional solidario, (APS)”.
¿Qué es la pensión básica solidaria?
La pensión básica solidaria es un beneficio monetario mensual, ascendente durante este año a $60.000 y, a partir del próximo a $75.000, financiado con recursos fiscales, que se entregará a las personas pertenecientes al 40% de menores ingresos y que no reciban ninguna pensión previsional. La PBS es de dos clases: de vejez y de invalidez. Para acceder a la PBS de vejez se necesita tener 65 años o más y cumplir el requisito de residencia en Chile que establece la ley, que es de por lo menos 20 años de residencia continuos o discontinuos. Para acceder a la PBS de invalidez, se necesita tener entre 18 y 64 años de edad, haber sido declarado inválido por una comisión médica y cumplir un plazo de residencia en el país no inferior a cinco años”.
El aporte previsional solidario es una cantidad de dinero que se entregará mensualmente a las personas pertenecientes al 60% de menores ingresos del país, mayores de 65 años o inválidas, para complementar la pensión que tengan derecho a recibir de su régimen previsional, siempre que esta pensión sea menor a un monto que establece la ley y cumplan con los mismos requisitos de residencia que en el caso de la pensión básica.
El monto máximo de pensión que da derecho a recibir este complemento será de $70.000 durante este año, para llegar a $255.000 en el año 2012 en el caso del APS de vejez y de $75.000 en el caso del APS de invalidez.
Si bien la reforma tiene un alcance general y de una manera u otra beneficia a todos los chilenos, está especialmente dirigida a las mujeres sin trabajo remunerado (dueñas de casa), mujeres trabajadoras, temporeros (as), ancianos e inválidos carentes de recursos o de escasos recursos, trabajadores de clase media e independientes”.
Las mujeres son ampliamente beneficiadas en esta reforma, en primer lugar porque según las proyecciones, un 60% de los beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias serán mujeres. Por otra parte, se crea un beneficio que incrementará las pensiones de las mujeres, denominado bono por hijo nacido vivo, que les corresponderá al cumplir los 65 años, siempre que jubilen a partir del 1º de julio de 2009 y que hayan sido cotizantes en una AFP o que tengan derecho a pensión básica solidaria. Este beneficio se calcula en ingresos mínimos mensuales, de manera que su monto crece cuando éste se aumenta, pero actualmente correspondería a $259.000 por cada hijo.
La reforma contempla, además, otros beneficios destinados, tanto a incrementar los fondos previsionales de la mujer como a asegurarle cobertura previsional a la dueña de casa, en caso de divorcio y mejorar la previsión de las trabajadoras de casa particular.
También, estamos equiparando la remuneración imponible de los trabajadores de casa particular, en su gran mayoría mujeres, a la de los otros trabajadores, a fin de que ahorren más en su cuenta y mejoren el nivel de sus pensiones”.
¿Qué pasa con los que se jubilan anticipadamente?
En términos generales la reforma no modifica la legislación actual en materia de jubilación anticipada, de manera que ésta no implica la pérdida del aporte previsional solidario, pero debe tenerse presente que este beneficio solo se entregará cuando la persona cumpla 65 años de edad”.
¿Cómo se postula a estos beneficios?
Se postula ante cualquier sucursal del Instituto de Previsión Social - que es el organismo que reemplazará al actual Instituto de Normalización Previsional - y que será el encargado de conceder y pagar los beneficios. Las personas afiliadas a una AFP también podrán presentar en ella su postulación. Para postular será necesario cumplir con los requisitos que establece la ley y aportar la documentación requerida, la que será establecida en el reglamento de la ley. Hay que destacar que las personas que actualmente son beneficiarias de una pensión asistencial, PASIS, pasarán a recibir automáticamente el beneficio que les corresponda, sin necesidad de postulación”.
¿Cuándo entran en vigencia estas modificaciones?
Los beneficios del sistema solidario empezarán a regir el próximo día 1º de Julio de 2008. Ello sin perjuicio de que habrá una gradualidad en su entrega entre los años 2008 y 2012, durante los cuales irá aumentando el porcentaje de personas que tendrán derecho a ellos, hasta llegar a ser del 60% de las personas de menores ingresos en el país. Además, la PBS subirá a $75.000, a partir del próximo año 2009 y el monto máximo de pensión que permite acceder al APS irá subiendo anualmente hasta llegar a $255.000 en el año 2012”.
¿Qué otras recomendaciones hay que tener en cuenta?
Que esta reforma entrega una mayor protección garantizando niveles mínimos de ingresos en la vejez o en caso de invalidez. Sin embargo, la pensión a que las personas puedan acceder, siempre va a ser mejor mientras más cotizaciones hayan hecho durante su vida activa. Por esto, la principal recomendación es que las personas no descuiden su ahorro previsional, sea preocupándose de que su empleador les haga las cotizaciones si son trabajadores dependientes, cotizando por su cuenta, si son independientes o realizando ahorro previsional voluntario el que, además, tiene un incentivo tributario”. Fuente: Invertia.cl