Ya nos encontramos a dos meses de comenzar un nuevo periodo tributario más bien conocido como OPERACIÓN RENTA . Comenzamos con las Declaraciones Juradas , según cada régimen nuevo, unas ya comienzan en pleno febrero (tiempo de vacaciones para el resto de personas excepto los contadores tributarios ( aquí me incluyo, quien desee mis servicios )) Y no solamente son la declaraciones juradas, ya que, para tener o realizar esto, primero debemos de tener listo (Ok) el Balance Tributario (o Balance Financiero), después obtener la Renta Líquida Imponible . Para que sea más fácil de entender, desde lo primero a lo último sería de la siguiente manera: Confección Balance Tributario o Financiero (dependiendo de la sociedad, la forma de llevarlo (ideal tenerlo antes de fin de mes de enero)) Confección de la Renta Líquida Imponible Declaraciones Juradas: F1879 - Declaración Jurada anual sobre retenciones efectuad...