Ir al contenido principal

Fisco recaudaría más de US$3.300 millones por IVA al año con el actual precio de los combustibles

Según los cálculos de "Economía y Negocios" -a partir de datos oficiales de ventas de bencinas, diésel y parafina-, el Estado está recibiendo hoy US$ 280 millones mensuales.

El alza del precio de los combustibles tiene entre las cuerdas al país. Automovilistas, industriales y transportistas han debido elevar fuertemente su gasto en este ítem para poder mantener su nivel de consumo. Pero el fisco no ha tenido tanta complicación al respecto, ya que su recaudación por efectos de IVA ha subido considerablemente.

¿La razón? Mientras más cara cuesta la bencina, la parafina o el diésel, mayor es también el monto por litro que va a parar a las arcas fiscales por IVA, que equivale al 19%. A esto se suma que, en el último tiempo, las ventas físicas de combustibles se dispararon por el aumento del parque vehicular pero, sobre todo, por la crisis energética, que obligó a las generadoras a usar diésel en reemplazo del gas argentino.

Según una estimación de Economía y Negocios, elaborada a partir de datos oficiales de venta de combustibles y de ingresos fiscales, a los actuales precios la recaudación mensual ya alcanza los US$ 280 millones. Por lo tanto, el IVA a este tipo de insumos aportaría al erario nacional aproximadamente US$ 3.300 millones en 2008.

Este nivel mensual, sin embargo, va variando a medida que lo hacen también los precios de las gasolinas, el kerosene y el petróleo. Además, afecta el cambio de la intensidad de uso de las generadoras termoeléctricas, que en los últimos meses han reducido su consumo de este insumo producto de la mayor disponibilidad de agua para generación hidroeléctrica.

Demanda creciente
De acuerdo a datos de Electroconsultores, el despacho de termoelectricidad cayó desde 41% a 35% sólo entre abril y mayo.

El combustible que más contribuye, y por lejos, es el diésel. De acuerdo a la estimación, este combustible aporta, mes a mes, US$ 196,9 millones al fisco, es decir, el 70,3% del total. Más atrás se ubican las bencinas, con US$ 39,4 millones mensuales (el 14,1%), y el gas licuado, que representa el 6,6% con US$ 18,5 millones cada treinta días.

Otra razón es el alza de los precios. El diésel, por ejemplo, costaba hace un año cerca de $500 por litro y hoy ya se empina en $600. Es decir, si antes por concepto de IVA se pagaban unos $55 por cada litro, hoy llega a $75. En el caso de la bencina, el aumento llega a $100 sólo en los últimos tres meses, mientras que la parafina ha subido $144 por litro.

Otro elemento que dispara la recaudación es el mayor uso de los combustibles, que a nivel agregado muestran un alza de 30,5% entre 2007 y 2006, de acuerdo a la Memoria Anual de la Enap.

Esto es, mientras en 2006 se consumieron 14,6 millones de metros cúbicos de combustibles líquidos -considerando diésel, bencinas, gas licuado, fuel oil, parafina y productos industriales-, en 2007 la cifra se elevó a 19,1 millones.

Si la recaudación crece a un ritmo tan elevado, compensaría de sobra, entonces, una reducción del impuesto específico. Este planteamiento, que han hecho algunos expertos -un informe de Altura Management de enero postulaba precisamente esto-, no está en los planes del Gobierno.

La negativa de Hacienda, según plantearon fuentes del Ejecutivo, se debe a que el impuesto específico es altamente eficiente, recaudando cerca de US$ 1.800 millones al año y que, por ende, es necesario mantener, aun cuando los precios suban.

En el caso del diésel, este impuesto no sólo se devuelve a los camioneros (acuerdo de ayer), sino también a microbuseros y a las generadoras de electricidad.

En el caso de las gasolinas está el Fondo de Estabilización del Precio de los Combustibles (FEPC), que en las últimas semanas ha agotado velozmente sus recursos debido a los constantes aumentos en la cotización internacional del crudo.

¿Qué destino tienen estos recursos?

A diferencia del impuesto específico, la recaudación por concepto de IVA a los combustibles va a parar a las arcas fiscales sin una distinción especial. Es decir, su destino queda a la discreción del Estado, a través de la ley de Presupuestos.

El impuesto específico, por ejemplo, se debiera destinar a la reparación de caminos y a la mantención de carreteras, lo que causa revuelo porque hoy gran parte de estas vías son concesionadas.

"Los tributos que se recauden, cualquiera sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no pueden estar afectos a un destino determinado. Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectos a fines propios de la defensa nacional", planteó, ante la consulta, la Dirección de Presupuestos (Dipres).

Asimismo, según explicó la repartición pública, se podrá autorizar que los que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales "para el financiamiento de obras de desarrollo", plantea.

Alcance territorial
Esto rige, por ejemplo, en la discusión del royalty a la minería, considerando que los senadores y diputados de zonas mineras quieren que el gasto -la recaudación por este tributo, sólo en el primer trimestre, superó los US$ 200 millones- se concrete precisamente allí.

Fuente:
Economía y Negocios, El Mercurio

Entradas populares de este blog

¿Cómo se hace para...? DECLARAR RENTA (F22)

¿A qué se refiere este trámite? Este trámite se realiza para cumplir con la normativa de la Ley sobre impuesto a la Renta . Corresponde a la declaración de rentas anuales, que debe ser presentada por empresas y personas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Dependiendo de la diferencia entre las provisiones pagadas durante el año y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al Fisco u obtendrá una devolución por la diferencia. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, SALVO las excepciones que indica la ley, como por ejemplo: Quienes SOLO reciben sueldos y pensiones y que no hayan efectuado inversiones con derecho a devolución de impuestos. Las rentas netas globales menores o iguales a 13

Emprendimiento Social

Emprendimiento Social Con un emprendimiento social se busca dar solución a un problema social, pero usando herramientas y estrategias empresariales. Una empresa de este tipo se crea con el objetivo de colaborar con el bienestar de la comunidad con un plan sostenible. El emprendedor social es la persona que realiza de manera creativa, un cambio de sistema en diversas áreas sociales, su objetivo es generar un impacto social sin ánimos de lucro, y ante todo, pensar en el bienestar y beneficio de la comunidad como generar soluciones económicas, empleo, etc. Muchos emprendimientos sociales se definen por incluir a actores no tradicionales, ya sean beneficiarios, clientes o trabajadores. Entonces, la empresa ingresa a mercados donde pueda ofrecer servicios en áreas de microfinanzas, educación, salud, saneamiento, etc. Sin embargo, para comenzar a realizar un emprendimiento social hay que: 1) identificar el problema específico y, por lo tanto, conocerlo a fondo; 2) crear un

Diferencias entre NIC/NIIF y Normativa Contable Chilena en las Existencias y sus Efectos Tributarios1

Las principales diferencias que se producen entre las NIC/NIIF y la Normativa Contable Chilena, en relación a la Valorización de Existencias y el Tratamiento Contable de Existencias registradas como Activo Fijo, y sus Efectos Tributarios, se presentan a continuación: Valorización de Existencias   Normativa Contable Chilena. Las Existencias deben valorizarse al Costo o al Valor de Mercado si fuera menor. En el Boletín Técnico Nº 1, del Colegio de Contadores de Chile, párrafo C-1, se establece que las existencias deben valorizarse al costo o al valor de mercado si fuera menor. El concepto de costo establecido en esta norma, corresponde a los costos directos más los costos indirectos de fabricación, y la base de su determinación de acuerdo a los métodos de Valorización de Inventario: LIFO (UEPS), FIFO (PEPS) o PPP. El Método que utilizará la empresa, debe estar claramente establecido.   Normas Internacionales de Información Financiera. (NIIF) Las Existencias deben valorizarse al men