¿Qué es la Asignación Familiar?
Las asignaciones son para quienes perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y pueden proveer a sus familias.
El dinero al que dan derecho las asignaciones y los subsidios es pagado a un beneficiario, por cada una de las personas que cumplan los requisitos para causar el beneficio (comúnmente llamados causantes o cargas familiares acreditadas).
"Un beneficiario de la Asignación Familiar no puede recibir Subsidio Familiar. Asimismo, este último es incompatible con la Pensión Básica Solidaria y con el subsidio de discapacidad mental".
La Asignación Familiar -también conocida sólo como familiar- da derecho a recibir, por cada carga familiar acreditada, una suma de dinero que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario. Si éste gana más de 631 mil 059 pesos, no tiene derecho a que le paguen esta cantidad, pero sí puede acceder a otras prestaciones y beneficios.
El pago de la Asignación Familiar se realiza mensualmente a pensionados y trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional (AFP y ex cajas de previsión, fusionadas en el Instituto de Previsión Social, IPS). Los trabajadores independientes reciben el dinero una vez al año.
¿Cuándo y cómo se paga el dinero de la Asignación Familiar?
- Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
- Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
- Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
- Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
- Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.
Las personas por la que se cobra Asignación Familiar (causantes de Asignación Familiar) son:
- Cónyuge.
- Cónyuge embarazada.
- Trabajadora embarazada.
- Cónyuge masculino, siempre que sea inválido y viva a expensas de su mujer.
- Hijos o hijastros, hasta los 18 años o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
- Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
- Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El monto mensual de la Asignación Familiar depende del ingreso del trabajador.
Los valores vigentes son:
Rango de ingreso (en pesos) | Monto de la asignación |
---|---|
Hasta 277 mil 016 pesos | $ 10.844 |
Entre 277 mil 017 pesos y 404. mil 613 pesos | $ 6.655 |
Entre 404 mil 614 pesos y 631 mil 058 pesos | $ 2.104 |
Desde 631 mil 059 pesos | $ 0 |
Importante:
Quienes reciban Asignación Familiar por causal de invalidez, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.
La circunstancia de que el monto de la asignación familiar sea 0 (cero) no hace perder la condición de carga para otros efectos, por ejemplo, sistema de salud, servicios de bienestar y otros.
Documentos requeridos:
Las personas deben presentar:
- Cédula de identidad vigente del beneficiario.
- Certificado de alumno regular, en caso de estudiantes que tengan más de 18 y menos de 24 años.
- Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), tratándose de cargas o causantes inválidos.
- Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas o causantes abandonados.
- Sentencia judicial con certificación de ejecutoriada dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor en que conste la subinscripción de dicha sentencia.
Importante:
- No se requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.
- Normalmente, el beneficiario no requiere presentar contrato de trabajo ni cotizaciones previsionales, pero estos documentos pueden ser requeridos de acuerdo con la información aportada por el sistema.
- Trabajadores independientes obligados a cotizar deben acreditar a lo menos un pago previsional de cotizaciones para pensiones o haber recibido una renta del artículo 22º Nº 2 de la Ley de la Renta, a contar de enero de 2012, según lo que fuere primero.
- A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal (206 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Sucursal IPS-ChileAtiende - A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios (195.5 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Sucursal IPS-ChileAtiende
Vigencia
Hasta que el causante y el beneficiario cumplan los requisitos establecidos por ley.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Para que una persona sea beneficiaria de la Asignación Familiar debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Este trámite se realiza ante el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades.
Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.
Marco Legal
DFL 150
Otros
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