Operación Renta Año Tributario 2023
Correspondiente al Año Comercial 2022
Introducción
Comienza un nuevo año comercial 2023 para las empresas, negocios y profesionales, este año comienza con los siguientes temas tributarios:
Para las empresas de servicios (excluidas "Profesionales, Educación, Salud Ambulatorio, Transporte de pasajeros) deberán comenzar a cobrar con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), tienen que considerar que quien o quienes emiten facturas o boletas electrónicas son Personas Naturales o Jurídicas de "Primera Categoría", si eres de Segunda categoría no aplica.
Este año la retención de la Boleta Honorarios es de un 13% y si solicitaste "Préstamo Solidario" la retención es de un 16% (se le suma el 3% adicional)
Para los dependientes, el empleador debe de descontar el % del "Préstamo Solidario" en la liquidación de sueldos y pagarla en el Formulario 29 Código 49
Correspondiente al Año Comercial 2022
Recuerden que todos los Impuestos se cancelan desfasadamente, ejemplo: en el formulario 29 de diciembre de 2022, este se cancela hasta el día 20 de enero de 2023. Lo mismo sucede con el Formulario 22 de la Renta, se Paga o existe devolución de PPM en el mes de Abril de 2023 que corresponde a los movimientos realizados durante el año comercial 2022.
Año comercial = De enero a Diciembre
Para que exista devolución tiene que darse que el PPM sea mayor al Impuesto.
Para los profesionales a honorarios, deben de recordar que el sistema les descontará las "Cotizaciones Previsionales"
Si eres empresario o socio, primero se realiza la Operación renta de la empresa y después la tuya, no al revés, es una recomendación que les dejo.
Muy Importante a considerar "La Operación Renta comienza con las Declaraciones Juradas y finaliza con el Formulario 22", es decir, comienza en Marzo de 2023 no abril, sino lo tienes en tu memoria y piensas que es abril vas a tener que pagar multas al SII por atraso en las DDJJ
Declaraciones Juradas
Otros puntos importantes a considerar:
Si no realizas la Operación renta como Empresa o Profesional y tienes Devolución, el SII no te va a AVISAR!!! Recuerden el SII se creó para RECAUDAR no entregar dinero.
Tranquilo, si contratas a alguien para realizar tu operación renta y tienes devolución, si o si, te va a llegar el dinero, ya que, el sistema del SII solamente cancela al nombre o razón social, si otra persona coloca sus datos no le va a llegar, a ti te va a llegar un cheque a la dirección tributaria que dice en el SII.
Mis Servicios:
Ofrezco mis servicios profesionales para elaborar:
- Balance Anual 2022;
- Operación Renta AT2023: declaraciones juradas y formulario 22 a empresas y socios;
- Contabilidad y Contabilidad atrasada;
- Auditoría;
- Planeación tributaria;
- Constituir empresa en modalidad 1 día;
- Inicio de actividades ante el SII online.
Datos de Contacto: José Almonacid
- WhatsApp: +569 9238 5875
- Email: jose.almonacid@gmail.com