Regímenes de Tributación 2016 - 2017:
MIPYMES
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Renta Presunta
(Art. 34) |
Tributación simplificada
(Art. 14 Ter Letra A |
Renta Atribuida
(Art. 14 A) |
Semi Integrado (Art. 14 B
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Régimen de tributación que paga impuesto sobre la base de una renta presunta. | Régimen simplificado que libera al contribuyente de algunas obligaciones tributarias. | Régimen de tributación en base a contabilidad completa con imputación total de crédito del Impuesto de Primera Categoría a los socios. | Régimen de tributación en base a contabilidad completa con imputación parcial de crédito del Impuesto de Primera Categoría a los socios. |
Segmentos que se pueden acoger preferentemente
Micro y Pequeñas empresas (Agrícolas, Transporte y Minería)
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Micro, Pequeñas y Medianas empresas
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Cualquier
segmento |
Cualquier
segmento |
Ingreso máximo anual para permanecer en el régimen
Montos en UF:
Agrícola = a 9.000 Transporte = a 5.000 Minería = a 17.000 |
Promedio de los 3 últimos años comerciales = a
50.000 UF |
Sin límite de
ingresos |
Sin límite de
ingresos |
Vigencia
Vigente
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Vigente
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A partir del 1 de enero de 2017
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A partir del 1 de enero de 2017
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Fecha en que debe avisar al SII para incorporarse al régimen
Entre el 01 de enero al 30 de abril del año en que se incorpora al régimen.
Al momento de hacer el inicio de actividades.
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Entre el 01 de enero al 30 de abril del año en que se incorpora al régimen.
Al momento de hacer el inicio de actividades.
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Entre el 01 de junio al 31 de diciembre del 2016.
Al momento de hacer el inicio de actividades.
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Entre el 01 de junio al 31 de diciembre del 2016.
Al momento de hacer el inicio de actividades.
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Tipo de Persona Jurídica
* Empresas Individuales
* Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda. * Comunidades * Cooperativas * Sociedades de Personas * Sociedades por Acciones (constituidas por personas naturales). |
Año 2016: todo tipo de contribuyente (persona natural o jurídica).
Año 2017: * Empresas Individuales * Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda. * Comunidades * Sociedad de Personas. * Sociedad por acciones (constituidas por personas naturales). |
* Empresas Individuales.
* Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda. * Comunidades * Sociedades de Personas * Sociedades por Acciones * Agencias (Art 58 N° 1) (constituidas por personas naturales). |
* Sociedades Anónimas abiertas.
* Sociedades Anónimas Cerradas. * Sociedad por Acciones. * Sociedad en Comandita por acciones. * Sociedad de Personas. * Agencia (Art. 58 N°1) Se diferencian de las indicadas en la Renta atribuida porque éstas tienen algún socio Persona Jurídica. |
Tipo de Contabilidad y Registros obligatorios
* Libro de compra venta si se encuentran afectos a IVA.
* En caso contrario, deben llevar un sistema de control de sus ingresos, que cumpla con los requisitos establecidos por el Servicio. |
* Libro de caja, obligatorio para todos los contribuyentes
* Libro compra venta, si se encuentran afectos a IVA. * Libro de ingresos y egresos, si no se encuentra afecto a IVA. |
Contabilidad completa obligatoria.
Todos los registros que corresponden, entre ellos: Libros Caja, Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Más los libros auxiliares, tales como: Libro de Ventas Diarias, de Remuneraciones, de Impuestos Retenidos.
Más los registros de: RAP, FUF, REX.
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Contabilidad completa obligatoria.
Todos los registros que corresponden, entre ellos: Libros Caja, Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Más los libros auxiliares, tales como: Libro de Ventas Diarias, de Remuneraciones, de Impuestos Retenidos. Más los registros de: RAI, FUF, REX, SAC. |
RAP: Registro de Rentas Atribuidas Propias REX: Registro de rentas exentas o ingresos no renta FUF: Fondo de Utilidades Financieras (diferencia de depreciación acelerada y normal) RAI: Registro de Rentas a afectas a ICG o IA SAC: Registro de Saldos Acumulados de Créditos |
Tributación de la empresa
IDPC sobre la BI que depende del giro del contribuyente:
- Bienes raíces agrícolas 10% de avalúo fiscal del predio. - Transp. terrestre de carga o pasajeros 10% del valor corriente en plaza del vehículo, incluido su remolque, acoplado o carro similar. - Minería depende del metal del que se trate. Se aplica un porcentaje sobre las ventas netas anuales, según el precio promedio de la libra de cobre. |
IDPC sobre la Base Imponible, que se determina a partir de la diferencia entre los ingresos percibidos y los egresos pagados en el periodo.
A partir de 2017 se pueden eximir de pagar el IDPC |
IDPC sobre la Renta Líquida Imponible de la empresa.
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IDPC sobre la Renta Líquida Imponible de la empresa.
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IDPC: Impuesto de Primera Categoría BI: Base Imponible |
Tributación de los socios afectos a Impuesto Global Complementario o adicional
Con derecho al crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.
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Con derecho al crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.
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Con derecho al crédito del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.
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Con derecho a un crédito parcial del impuesto de primera categoría pagado por la empresa.
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Retiros de utilidades
Se entenderá retirada en su totalidad por los socios, de acuerdo a su porcentaje de participación.
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Se considera retirada en su totalidad por los socios, de acuerdon a su porcentaje de participación.
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Se entiende atribuida a los socios en su totalidad.
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Se entienden repartidas en la proporción en que hayan sido retiradas, remesadas o distribuidas a los los socios.
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Crédito por Impuesto de Primera Categoría
100% del crédito
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100% del crédito
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100% del crédito
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Crédito parcial del 65%
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