Sepa cuál es la competencia de los Tribunales Militares y si están capacitados para juzgar a civiles.
Cuál es la jurisdicción de los Tribunales Militares?
Los Tribunales Militares tienen jurisdicción sobre los chilenos y extranjeros, para juzgar todos los asuntos de la jurisdicción militar que sobrevengan en el territorio nacional, pero también fuera del territorio, en los siguientes casos:
- Cuando acontezcan dentro de un territorio ocupado militarmente por las armas chilenas.
- Cuando se trate de delitos cometidos por militares en el ejercicio de sus funciones o en comisiones del servicio.
- Cuando se trate de delitos contra la soberanía del Estado y su seguridad exterior o interior, contemplados en el Código de Justicia Militar, en otros Códigos y leyes especiales, cometidos exclusivamente por militares, o bien por civiles y militares conjuntamente.
Los delitos que procesa son principalmente:
- Delitos especificados en el Código de Justicia Militar, en especial crímenes de guerra.
- Infracciones al Código Aeronáutico.
- Infracciones a las leyes sobre reclutamiento y movilización.
¿A qué personas procesa la Justicia Militar?
Para efectos de determinar si la Justicia Militar es competente o no para conocer de un delito, la persona debe tener la calidad de militar al momento de cometerlo.
¿Puede un tribunal militar juzgar a un civil?
No, la Justicia Militar compete sólo a personal militar. Los civiles y especialmente los menores de edad deben ser procesados por la justicia ordinaria.
¿Qué tribunal es competente en el caso de que un civil agreda a un militar o un carabinero?
Sólo la justicia ordinaria es competente para juzgar a un civil, sin importar el delito que haya cometido.
¿Puede un militar ser juzgado por la justicia ordinaria?
Sí, siempre y cuando el delito cometido sea un delito común y no uno ya contemplado en el Código de Justicia Militar.
Fuente: BCN