Ir al contenido principal

Tratados bilaterales de intercambio de información tributaria: Una nueva realidad en Chile

En un seminario organizado recientemente por la Cámara Chileno-Norteamericana de Comercio, el Ministro de Hacienda, Sr. Felipe Larraín, anunció que el gobierno está estudiando iniciar la suscripción de tratados de intercambio de información fiscal con diversas jurisdicciones que tienen el carácter de paraísos fiscales.

A diferencia de los Convenios para Evitar la Doble Tributación, aquellos dicen relación exclusiva con el intercambio de información, y se firman con estados o territorios que por su carácter de paraísos fiscales, son utilizados para refugiar activos generadores de ingresos.


Con la firma de estos convenios se va a dotar a la autoridad fiscal chilena de una herramienta eficaz para fiscalizar que aquellos contribuyentes en Chile que mantienen en paraísos fiscales activos generadores de ingresos, hayan declarado y pagado en Chile los impuestos correspondientes. Ello se logrará mediante el acceso por parte de la autoridad fiscal chilena a información de contribuyentes chilenos disponible en los paraísos fiscales con los cuales se firmen tales convenios.


Estos convenios establecen un equilibro entre el interés de los estados por evitar la evasión fiscal y el derecho de los contribuyentes a su privacidad. En todo caso, los contribuyentes pueden ejercer todas las acciones legales que el ordenamiento jurídico le entrega para evitar que sus derechos sean transgredidos.


La firma de estos convenios permitirá el desarrollo de una economía sana y transparente, y posicionar a Chile en la primera línea de la lucha contra la evasión fiscal.

Fuente: Deloitte 

Entradas populares de este blog

Emprendimiento Social

Emprendimiento Social Con un emprendimiento social se busca dar solución a un problema social, pero usando herramientas y estrategias empresariales. Una empresa de este tipo se crea con el objetivo de colaborar con el bienestar de la comunidad con un plan sostenible. El emprendedor social es la persona que realiza de manera creativa, un cambio de sistema en diversas áreas sociales, su objetivo es generar un impacto social sin ánimos de lucro, y ante todo, pensar en el bienestar y beneficio de la comunidad como generar soluciones económicas, empleo, etc. Muchos emprendimientos sociales se definen por incluir a actores no tradicionales, ya sean beneficiarios, clientes o trabajadores. Entonces, la empresa ingresa a mercados donde pueda ofrecer servicios en áreas de microfinanzas, educación, salud, saneamiento, etc. Sin embargo, para comenzar a realizar un emprendimiento social hay que: 1) identificar el problema específico y, por lo tanto, conocerlo a fondo; 2) crear un...

¿Cómo se hace para...? DECLARAR RENTA (F22)

¿A qué se refiere este trámite? Este trámite se realiza para cumplir con la normativa de la Ley sobre impuesto a la Renta . Corresponde a la declaración de rentas anuales, que debe ser presentada por empresas y personas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Dependiendo de la diferencia entre las provisiones pagadas durante el año y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al Fisco u obtendrá una devolución por la diferencia. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, SALVO las excepciones que indica la ley, como por ejemplo: Quienes SOLO reciben sueldos y pensiones y que no hayan efectuado inversiones con derecho a devolución de impuestos. Las rentas netas globales menores o iguales a 13...

Diferencias entre NIC/NIIF y Normativa Contable Chilena en las Existencias y sus Efectos Tributarios1

Las principales diferencias que se producen entre las NIC/NIIF y la Normativa Contable Chilena, en relación a la Valorización de Existencias y el Tratamiento Contable de Existencias registradas como Activo Fijo, y sus Efectos Tributarios, se presentan a continuación: Valorización de Existencias   Normativa Contable Chilena. Las Existencias deben valorizarse al Costo o al Valor de Mercado si fuera menor. En el Boletín Técnico Nº 1, del Colegio de Contadores de Chile, párrafo C-1, se establece que las existencias deben valorizarse al costo o al valor de mercado si fuera menor. El concepto de costo establecido en esta norma, corresponde a los costos directos más los costos indirectos de fabricación, y la base de su determinación de acuerdo a los métodos de Valorización de Inventario: LIFO (UEPS), FIFO (PEPS) o PPP. El Método que utilizará la empresa, debe estar claramente establecido.   Normas Internacionales de Información Financiera. (NIIF) Las Existencias deben valorizar...