La patente municipal es una importante fuente de recursos para las municipalidades. Su objeto es retribuir al municipio por los desembolsos que éste ha debido sufragar por concepto de obras públicas que benefician indirectamente a quien desarrolla actividades comerciales en la comuna. ¿Pero qué grava esta contribución de patente municipal? La Ley de Rentas Municipales grava con patente municipal el ejercicio de las actividades que el artículo 23 de dicho cuerpo legal señala. La pregunta que surge es qué quiso decir el legislador con la palabra “ejercicio”. Según la Real Academia Española, “ejercer” significa realizar sobre alguien o algo una acción, influjo, etc. Por lo tanto, lo que la norma grava con patente municipal es el ejercicio efectivo de las actividades indicadas en el artículo 23. Sólo en la medida que materialmente se ejecute alguna de las conductas descritas como hecho gravado, se puede estar afecto a dicho tributo. Ahora bien, con motivo del cobro de patente munici...
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