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Un conjunto de acciones de contingencia destinadas a aliviar desde el punto de vista tributario la situación de emergencia que están enfrentando los contribuyentes de la comuna de Valparaíso, afectados por los incendios producidos el fin de semana, comenzó a aplicar el Servicio de Impuestos Internos.
En materia de Operación Renta se ampliará hasta el 25 de abril el plazo para que los contribuyentes con domicilio tributario en la comuna de Valparaíso presenten la declaración y obtengan su devolución en forma anticipada, en caso que les corresponda. Por lo tanto, el cuadro general con las fechas de envío de las declaraciones de Renta queda como sigue:
Adicionalmente se otorgará directamente en la Dirección Regional Valparaíso, la condonación del 100% de las multas e intereses para los contribuyentes personas, micro y pequeñas empresas que presenten su declaración de impuestos mensuales (F29 y F50) fuera de plazo durante este mes, cuya fecha de presentación era hasta el 14 de abril. Paralelamente, se pondrá en operación un plan de revisión de avalúo, caso a caso, a solicitud del interesado, de las propiedades siniestradas. Las rebajas de avalúo, y por ende de contribuciones, que eventualmente resulten de este proceso, se reflejarán en los Roles de Reemplazo que serán emitidos en el mes de diciembre del presente año. Finalmente, se recuerda que los beneficios tributarios a los que pueden acogerse las donaciones que se quieran efectuar a la comuna de Valparaíso deben considerar la normativa contenida en las Circulares N° 19, de 2010, y N° 22, del 8 de abril de 2014, dictadas por este Servicio. |
¿A qué se refiere este trámite? Este trámite se realiza para cumplir con la normativa de la Ley sobre impuesto a la Renta . Corresponde a la declaración de rentas anuales, que debe ser presentada por empresas y personas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Dependiendo de la diferencia entre las provisiones pagadas durante el año y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al Fisco u obtendrá una devolución por la diferencia. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, SALVO las excepciones que indica la ley, como por ejemplo: Quienes SOLO reciben sueldos y pensiones y que no hayan efectuado inversiones con derecho a devolución de impuestos. Las rentas netas globales menores o iguales a 13