Actualmente en Colombia existen dos regímenes para pensionarse:
Prima media con prestación definida
Ahorro individual con solidaridad
El primero es administrado por el Instituto de Seguros Sociales, ISS, y
El segundo por los Fondos Privados de Pensiones
En resumen podemos decir que el primero exige edad y semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez, el segundo régimen no importa la edad ni la semana, sino el capital acumulado al momento en que se quiera hacer la solicitud de pensión de vejez.
Colpensiones es el nuevo administrador del régimen administrado por el ISS, Cajanal y Caprecom
Como ya se anotó, el administrador del régimen de prima media con prestación definida es el ISS, pero ahora, lo empezará a hacer Colpensiones, lo que ha generado muchas incertidumbres y quejas.
¿Existe algún riesgo para los cotizantes y pensionados del ISS con la nueva administración de Colpensiones?
No. una cosa es el régimen pensional y otra es el administrador del régimen, de tal manera que el Estado creó un nuevo administrador que hará la respectiva administración que llevaba el ISS, Cajanal y Caprecom. De tal manera que todo lo referente al régimen pensional de prima media con prestación definida, sigue igual.
En particular, lo referente a requisitos para pensionarse, por vejez, invalidez, sobrevivencia o indemnizaciones sustitutivas, de igual manera, los que ya están gozando de una pensión en nada les afecta, pues simplemente quien les girará mensualmente no es el anterior administrador sino el nuevo.
Entonces si se mantiene igual la prima media, ¿por qué cambiar de administrador?
De manera muy breve podemos decir que fue una decisión jurídico-económica, pues el Estado, al crear una nueva entidad, ésta nacerá con un número de cargos o empleos necesarios y no con una alta burocracia y con nueva escala salarial, sin sindicato y sin convención colectiva de sus trabajadores, etc., y el viejo administrador (ISS), será liquidado por su alto costo de funcionamiento.
Fuente: Actualicese