Acerca del CINIIF-IFRIC
Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera
El Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera CINIIF- International Financial Reporting Standards Committee- IFRIC , conocido como el antiguo Comité Permanente de Interpretaciones - Standing Interpretations Committee (SIC), fue reconstituido en diciembre del 2001.
El CINIIF-IFRIC revisa, en forma oportuna dentro del contexto de las actuales Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y el marco conceptual de IASB, las situaciones de contabilidad que puedan probablemente recibir un tratamiento divergente o inadecuado en ausencia de una orientación autorizada, con miras a llegar a un consenso sobre el tratamiento contable adecuado.
En la elaboración de las interpretaciones, la CINIIF-IFRIC trabaja en estrecha colaboración con los comités nacionales similares.
El CINIIF-IFRIC se reúne aproximadamente cada seis semanas. Todas las decisiones técnicas se toman en las reuniones que están abiertos a la observación pública.
El CINIIF –IFRIC se ocupa de asuntos de importancia bastante generalizados y no de situaciones que son motivo de preocupación a sólo una pequeña minoría de entidades. Las interpretaciones cubren a ambos:
- Asuntos de los reportes financieros recién identificados no expresamente tratados en las NIIFs-IFRSS; o
- Asuntos en las que las interpretaciones no son satisfactorias o no han sido desarrolladas, o parece probable desarrollar en ausencia de una orientación autorizada, con miras a llegar a un consenso sobre el tratamiento adecuado.
El Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera CINIIF- International Financial Reporting Standards Committee- IFRIC (hasta el 2002 conocido como el Comité Permanente de Interpretaciones ) tiene 14 miembros* designado por los Administradores para un periodo de tres años. Los miembros del CINIIF-IFRIC no son asalariado pero sus gastos son reembolsados. El CINIIF-IFRIC se reúne aproximadamente cada dos meses en reuniones que son abiertas a la observación pública. La aprobación de las Interpretaciones preliminares o finales requiere que no más de tres miembros voten en contra de la Interpretación preliminar o final. El CINIIF-IFRIC es presidido por un presidente sin derecho a voto, que puede ser uno de los miembros de IASB, el Director de Actividades Técnicas, o un miembro de la Junta del personal técnico superior de IASB.
Responsabilidades del CINIIF-IFRIC
- Interpretar la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs-IFRs), y proporcionar información y orientación oportuna sobre la presentación de informes financieros que no se abordaron específicamente en las NICs-IASs o NIIFS-IFRSs, en el contexto del marco conceptual de IASB, y llevar a cabo otras tareas a petición de la Junta.
- Publicar el Borrador de las Interpretaciones para comentarios del público y considerar las observaciones formuladas en un plazo razonable antes de la finalización de una interpretación.
- Informar a la Junta y obtener la aprobación de la Junta para las interpretaciones finales.
¿Cómo se desarrollan las Interpretaciones?
Las interpretaciones se desarrollan conforme a un proceso previsto del debido proceso de consulta y debate, lo que incluye el disponer de un borrador de las Interpretaciones para el comentario público.
El debido proceso del CINIIF-IFRIC comprende siete fases:
1. Identificación de los asuntos
2. Establecer el orden del día
3. CINIIF-IFRIC reuniones y votación
4. Desarrollo de una Interpretación preliminar
5. La liberación de un proyecto de Interpretación
6. Periodo de comentarios y deliberación
7. El papel de IASB en una interpretación
¿Cómo se propone el tema del orden del día?
Cualquier individuo u organización podrá presentar sugerencias de posibles temas para el examen por parte del CINIIF-IFRIC. A cualquiera que lo haga se le pide que presente un breve propuesta, que será presentada al CINIIF-IFRIC sin identificar al remitente.
La propuesta debe incluir lo siguiente:
- El asunto. Una descripción del asunto, incluido cuando proceda, cualquier aspecto que deba abordarse por separado.
- La práctica actual. Una breve descripción de las actuales o emergentes prácticas de contabilidad, destacando las principales alternativas, y la referencia a los pronunciamientos de IASB.
- Razones para que el CINIIF-IFRIC deba abordar el asunto. El tema debe ser evaluado utilizando los siguientes criterios:
- ¿Es la situación generalizada y práctica?
- ¿ ¿Implica el asunto interpretaciones considerablemente divergentes (ya sea nuevas o ya existentes en la práctica)?
- ¿Sería mejorado el reporte financiero por la eliminación de la diversidad??
- ¿Está el asunto suficientemente en estrecho margen para ser capaces de interpretación dentro de los limites NIIFs-IFRSs y el Marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros, pero no tan estrecha que es ineficaz para aplicar el proceso de interpretación?
- Si el asunto se relaciona con una proyecto actual o planeado de IASB , si hay una necesidad apremiante de proveer guías mas pronto que lo que se esperaría de las actividades de IASB? . (El CINIIF-IFRIC no añadirá un tema a su orden del día si espera que un proyecto de IASB resuelva el asunto en un período más corto que el CINIIF-IFRIC requiere para completar su debido proceso)