Detalles sobre beneficios y solicitud de la pensión para quienes queden incapacitados para trabajar.
¿Qué es una pensión de invalidez?
Una pensión que reciben personas que, sin estar en edad para jubilarse, sufran una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, que causen una disminución permanente de su capacidad de trabajo.
Las pensiones de invalidez tienen distintas características dependiendo del sistema previsional que las otorgue: el antiguo régimen administrado por el IPS (ex INP), las AFP y el pilar solidario que estableció la reforma previsional de 2008.
¿Quién declara la invalidez?
Para todos los regímenes, las Comisiones Médicas, Preventivas e Invalidez (COMPIN) del Ministerio de Salud declaran tanto la condición de invalidez como su grado.
¿Cómo son las pensiones de invalidez para afiliados al INP?
Los afiliados al INP podrán acceder a una pensión que variará según el grado de invalidez:
- Entre 40% y 70%: recibirá una Pensión de Invalidez Parcial, equivalente al 35% de la renta promedio mensual.
- Si es superior a un 70%: recibirá una Pensión de Invalidez Total, equivalente al 70% de la renta promedio mensual.
- Si la incapacidad obliga al trabajador a requerir la ayuda de terceros para realizar actos básicos de la vida diaria, recibirá una Pensión por Gran Invalidez, que es igual a una Pensión de Invalidez Total incrementada en 30%.
Debe acercarse al Instituto de Previsión Social (IPS) para solicitar esta pensión.
¿Cómo son las pensiones de invalidez para afiliados a AFP?
El sistema clasifica así los grados de invalidez:
- Invalidez total: pérdida de su capacidad de trabajo de al menos dos tercios.
- Invalidez parcial: pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior a cincuenta por ciento, pero de menos de dos tercios.
La persona con invalidez podrá disponer del dinero acumulado en su cuenta individual, optando entre varias modalidades que van desde retiros programados de sus fondos hasta una renta vitalicia.
El monto de la pensión dependerá del grado de invalidez y de si el trabajador está o no cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. Si está cubierto, se toma como base de cálculo la renta promedio de los últimos 10 años. Si no lo está, se calcula en base a la expectativa de vida de su grupo familiar.
¿Qué son las pensiones solidarias de invalidez?
Son pensiones que otorga el Estado a través del IPS a personas inválidas y que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional o que tienen una pensión insuficiente. Se clasifican en:
Pensión Básica Solidaria de Invalidez: Para personas de entre 18 y 65 años, al 55% de las familias más pobres, lo que se determinará una vez ingresada su solicitud, que hayan vivido en Chile a lo menos cinco años durante los seis años anteriores a la solicitud de esta pensión y que no tengan derecho a pensión en ningún régimen previsional. Su monto es de $75.000 mensuales.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez: Mismos requisitos que la anterior, salvo que la persona debe haber cotizado en algún régimen previsional y el monto que reciba como pensión de invalidez sea inferior a una Pensión Básica Solidaria de Invalidez. El monto es la diferencia entre lo que recibe como pensión y los mencionados $75.000.
¿Cómo se solicita?
Presentando su cédula de identidad en cualquier sucursal del IPS o en su municipalidad.
¿Puede un discapacitado mental contar una pensión de invalidez?
Sí, una persona con discapacidad mental puede, al cumplir 17 años de edad, solicitar una pensión básica solidaria de invalidez, la que se le comenzará a entregar cuando cumpla 18 años, siempre y cuando haya sido beneficiaria del subsidio destinado a menores de edad con discapacidad mental y cumpla también con los demás requisitos para obtener tal pensión.
Si mis capacidades físicas lo permiten, ¿puedo seguir trabajando mientras recibo una pensión solidaria de invalidez?
Sí, pero el monto variará según sus ingresos. Recibirá el 100% de la pensión si gana un monto menor o igual a un sueldo mínimo ($172.000). El monto disminuirá conforme suban sus ingresos, hasta cero si gana más de dos veces el sueldo mínimo.
¿Hasta cuándo se entregan estas pensiones solidarias de invalidez?
Hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años. Podrán solicitar la PBS y el APS a partir de la fecha en que cumplan 64 años y se pagará a partir del primer día del mes siguiente al que cumplan 65 años.
Fuente: BCN