Ir al contenido principal

Usuarios podrán exigir a Google que retire enlaces que vulneren su privacidad

Usuarios podrán exigir a Google que retire enlaces que vulneren su privacidad

Tras conocerse fallo de la Justicia europea que hace responsable a la compañía de los datos personales que aparecen de sus usuarios.

Era un fallo que se esperaba desde hace años para marcar un precedente, y ha llegado.

Este martes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoció que los usuarios podrán exigir a Google que retire enlaces que vulneren su privacidad , debido a que los ciudadanos tienen el derecho a ser "olvidados" en Internet.

Esta sentencia marca un precedente en la jurisprudencia comunitaria relativa a Internet, al reconocer los derechos reclamados por un español, Mario Costeja González, quien constató que al introducir su nombre en el buscador, aparecían anuncios sobre una subasta de inmuebles relacionadas con un embargo resuelto diez años antes.

Tras verse expuesta su privacidad en Google, acudió a la compañía con el fin de solicitar que fuese removido su nombre, aunque no tuvo éxito. Por ello, Costeja decidió acudir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), organización que le exigió al buscador que retirase los enlaces.

No obstante, Google interpuso un recurso en la Audiencia Nacional para solicitar la nulidad de la resolución de la AEPD, y fue allí cuando la corte española decidió consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la UE antes de tomar una decisión.

De esta manera, el tribunal resolvió que una persona puede pedir que se retiren enlaces a una información porque desea que "se olvide después de un cierto tiempo" y establece que, si se comprueba que ésta incumple los derechos reconocidos en la legislación europea de protección de datos, los vínculos deberán ser eliminados, según un comunicado.

Se espera que en la opción cruce la frontera europea y sea aplicada en todo el mundo.

Entradas populares de este blog

Emprendimiento Social

Emprendimiento Social Con un emprendimiento social se busca dar solución a un problema social, pero usando herramientas y estrategias empresariales. Una empresa de este tipo se crea con el objetivo de colaborar con el bienestar de la comunidad con un plan sostenible. El emprendedor social es la persona que realiza de manera creativa, un cambio de sistema en diversas áreas sociales, su objetivo es generar un impacto social sin ánimos de lucro, y ante todo, pensar en el bienestar y beneficio de la comunidad como generar soluciones económicas, empleo, etc. Muchos emprendimientos sociales se definen por incluir a actores no tradicionales, ya sean beneficiarios, clientes o trabajadores. Entonces, la empresa ingresa a mercados donde pueda ofrecer servicios en áreas de microfinanzas, educación, salud, saneamiento, etc. Sin embargo, para comenzar a realizar un emprendimiento social hay que: 1) identificar el problema específico y, por lo tanto, conocerlo a fondo; 2) crear un

¿Cómo se hace para...? DECLARAR RENTA (F22)

¿A qué se refiere este trámite? Este trámite se realiza para cumplir con la normativa de la Ley sobre impuesto a la Renta . Corresponde a la declaración de rentas anuales, que debe ser presentada por empresas y personas para cumplir con sus obligaciones tributarias. Dependiendo de la diferencia entre las provisiones pagadas durante el año y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al Fisco u obtendrá una devolución por la diferencia. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, SALVO las excepciones que indica la ley, como por ejemplo: Quienes SOLO reciben sueldos y pensiones y que no hayan efectuado inversiones con derecho a devolución de impuestos. Las rentas netas globales menores o iguales a 13

Diferencias entre NIC/NIIF y Normativa Contable Chilena en las Existencias y sus Efectos Tributarios1

Las principales diferencias que se producen entre las NIC/NIIF y la Normativa Contable Chilena, en relación a la Valorización de Existencias y el Tratamiento Contable de Existencias registradas como Activo Fijo, y sus Efectos Tributarios, se presentan a continuación: Valorización de Existencias   Normativa Contable Chilena. Las Existencias deben valorizarse al Costo o al Valor de Mercado si fuera menor. En el Boletín Técnico Nº 1, del Colegio de Contadores de Chile, párrafo C-1, se establece que las existencias deben valorizarse al costo o al valor de mercado si fuera menor. El concepto de costo establecido en esta norma, corresponde a los costos directos más los costos indirectos de fabricación, y la base de su determinación de acuerdo a los métodos de Valorización de Inventario: LIFO (UEPS), FIFO (PEPS) o PPP. El Método que utilizará la empresa, debe estar claramente establecido.   Normas Internacionales de Información Financiera. (NIIF) Las Existencias deben valorizarse al men